subsidio familiar 

MEJORA DE VIVIENDA USADA SECTOR URBANO

SUBSIDIO

$25.623.000 ==> 18 SMMLV 

(Decreto 1077 de 2015)

Proceso por el cual el beneficiario del subsidio supera una o varias de las carencias básicas de una vivienda habitada por el hogar postulante y tiene por objeto mejorar las condiciones sanitarias satisfactorias de espacio, servicios públicos y calidad de estructura de la vivienda, tales como:

MEJORAMIENTO ESTRUCTURAL.

Modalidad de Subsidio de Vivienda que aplica para el único inmueble Urbano del Afiliado y su Grupo Familiar, el cual presenta afectaciones en sus cimientos, muros, columnas, vigas, estructura de cubierta, entre otros. Para iniciar el proceso el afiliado debe contar con la licencia o permiso emitido por las autoridades competentes. El subsidio aplica para vivienda de un
solo nivel, no aplica para ampliación de obra.

MEJORAMIENTO CARENCIAL – HABITACIONAL

Modalidad de Subsidio de Vivienda que aplica para el único inmueble Urbano del Afiliado y su Grupo Familiar, que permite mejorar las condiciones habitacionales al interior de la vivienda enmarcados en el saneamiento básico VIS tales como: instalación inicial de pisos, puntos de baño y cocina, acabados en paredes tanto en zonas húmedas y secas como enchape y pintura, cielorraso en PVC. El programa no requiere de permisos o licencias por parte de las autoridades competentes. El subsidio no aplica para remodelación.  

CALENDARIO DE POSTULACIONES. Las fechas de postulación para cada convocatoria inician desde la fecha de apertura hasta su fecha de corte, las cuales se encuentran establecidas en el cronograma de postulación año 2025. aquí puedes ver Calendario Postulaciones 2025.


REQUISITOS PARA POSTULARSE:

1. Estar afiliado a COMFABOY con una antigüedad superior a tres (3) meses y estar al día con los aportes al momento de la postulación como:

✓ Empleado a través de empresa.

✓ Pensionado con aporte del 2% sobre su mesada pensional.

✓ Trabajador independiente con aporte del 2% sobre los ingresos, debe coincidir con lo aportado a seguridad social.

2. Tener conformado un hogar por un (soltero) o más personas, por los cónyuges (casado o unión libre), o por uniones maritales de hecho, incluyendo personas del mismo sexo, y/o por grupo de personas unidas por vínculo de parentesco hasta tercer grado de Consanguinidad segundo grado de afinidad y primero civil que compartan el mismo espacio habitacional.

3. Que el total de ingresos mensuales de las personas que conformen el hogar solicitante, sea igual o inferior a cuatro (4) Salarios Mínimos Legales Vigentes. Es decir, un ingreso máximo de $$5.694.000 (para el año 2025). 

4. Ninguna de las Personas que conforman el hogar pueden ser propietarios o poseedores de vivienda o lote (con excepción si la postulación es para Mejoramiento de Vivienda o construcción el lote propio. En cuyo caso solamente se puede tener la propiedad de esta vivienda al menos en uno de los integrantes del hogar postulado). 

5. No haber sido el hogar o cualquiera de sus miembros beneficiarios del subsidio Familiar de vivienda de las Cajas de Compensación o de cualquier entidad Pública, ni presentar las condiciones de imposibilidad que establece la norma para postular al subsidio.  

6. El postulante debe tener un ahorro previo o recursos propios del hogar mínimo de $11.388.500, el cual podrá presentarse en: 

✓ Cesantías

✓ Ahorro programado

✓ Aportes a fiducia

7. El postulante deberá seleccionar un oferente constructor registrado ante el ministerio de Vivienda para ser acreedor al Subsidio de Vivienda de Interés Social, cual realizará las siguientes actividades: 

✓ Evalúa las condiciones técnicas, financieras y legales para establecer el cumplimiento de los requisitos de ley.

✓ Define las necesidades sobre la solución de vivienda a construir de acuerdo con los recursos financieros que cuente el hogar postulante.

✓ Diseña la solución de vivienda a construir y tramita los permisos requeridos ante las entidades legales correspondientes.

✓ Elabora el presupuesto de obra de la solución de vivienda a construir.

✓ Formula el proyecto de vivienda para su aprobación por parte de COMFABOY.

✓ Presenta la postulación al subsidio ante COMFABOY.

✓ Construye la solución de vivienda aprobada.

✓ Entrega la solución de vivienda al hogar.

✓ Cobra el subsidio ante COMFABOY

Listado de Oferentes Constructores que se encuentran registrados ante el ministerio de vivienda para ser acreedores del subsidio de vivienda de interés social con COMFABOY.

OFERENTE CONSTURCCIÓN

Connstructora A.G.S Arquitectura Cell. 3208744480 
DeconstructoresDir.  Calle 1 No. 12-288 Casa 43 Miraflores
Cell. 31332908878
3Gomez Ortiz Arquitectos S.A.S
Dir. Calle 25 No. 22-40 Ofi 203 Edificio Maria
Mercedes - Paipa
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INMOBILIARIOS SAS 
Dir. Calle 16 No.9- 87 edificio arista BUSSINES
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CONVIGAS SAS 
Dir. Calle 10 No. 4-58 - SIMIJACA
Cell. 3142759708

NOTA: El Listado de oferentes constructores se encuentran registrados en el Ministerio de Vivienda para ser acreedor de subsidio de Vivienda de Interés Social.

El oferente constructor: Es una empresa constructora externa vinculada a Comfaboy como oferente del programa, autorizada por norma y encargada de presentar la postulación, ejecutar las obras y recibir los recursos del hogar y del subsidio para la ejecución de las obras.

Por ninguna circunstancia Comfaboy se hace responsable de las negociaciones o acuerdos extracontractuales al cual llegue al afiliado con la misma. La normativa vigente establece que el oferente será el encargado de recopilar la documentación necesaria para la radicación, postulación, ejecución de las obras y la legalización del Subsidio Familiar de Vivienda.

No obstante, ante cualquier duda o inquietud respectiva sobre el proceso de postulación al subsidio en COMFABOY estaremos dispuestos a atenderla.


DOCUMENTOS QUE SE DEBEN PRESENTAR EN LA POSTULACION EN SU ORDEN ASI:

1. Formulario de postulación debidamente diligenciado y suscrito por los miembros que conforman el hogar, con su información socioeconómica, indicación del jefe del hogar postulante y de la persona que, siendo parte del hogar, lo reemplazará si renunciare o falleciere y Fondo de Cesantías a los cuales se encuentren afiliados al momento de postular, si fuere del caso. Reclame su formulario completamente gratis en las sedes de Comfaboy, o descárguelo de la página aquí, así como la Guía para el diligenciamiento del Formulario de Postulación, que puede descargarla aquí.

2. Fotocopia legible de la cédula de ciudadanía de los mayores de 18 años. Copia del registro civil de nacimiento y/o tarjeta de identidad de los menores de 18 años. 

3. Declaración de estado civil. Si aplica (El hogar postulante debe coincidir con el registrado en la afiliación a Comfaboy):

✓ Casado: Registro Civil de Matrimonio legible.

✓ Unión Marital de Hecho: Declaración Juramentada de Convivencia 

✓ Divorciado o separado legalmente: Registro Civil de Matrimonio con nota marginal que

acredite la liquidación y disolución de sociedad conyugal y/o Divorcio.

✓ Viudo: Registro Civil de Matrimonio o partida de matrimonio y Registro Civil de defunción, si fuere el caso. 

4. Documento que acredite Condición especial del hogar postulante. Si aplica 

✓ Mayor a 65 años: Documento de identidad. 

✓ Madre comunitaria ICBF: Documento emitido por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en el que se acredita a la persona como madre comunitaria.

✓ Miembro de Hogar Afrocolombiano: Documento que acredite que la persona pertenece a la minoría étnica afrocolombiano.

✓ Indígena: Documento que acredite que la persona pertenece a la minoría étnica indígena. 

✓ Reubicado Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

✓ Persona Cabeza de Familia: Declaración juramentada con fecha de expedición no mayor a 30 días en la que se indica que la persona manifiesta de manera libre, espontánea y de acuerdo con la verdad que es cabeza de familia.

✓ Discapacitado: Certificado del médico de la EPS o entidad competente donde conste la capacidad física disminuida que impida trabajar, indicando tipo de discapacidad.

✓ Certificación de la condición de invalidez: Emitido/firmado por la entidad competente (EPS, Fondo de pensiones, Aseguradora, ARL, Junta Regional de calificación de invalidez o Junta Nacional de calificación de invalidez).

5. Certificación de ingresos (Con vigencia NO mayor a 30 días):

✓ Para empleados dependientes de empresas afiliadas a Comfaboy: Certificación laboral suscrita por el empleador.

✓ Para trabajador independiente 2%: Certificación firmada por Contador Público, indicando el valor del ingreso mensual. (anexar fotocopia de Tarjeta Profesional y cedula de ciudadanía).

✓ Para pensionados 2%: Copia del último desprendible de la mesada pensional.  

6. Ahorro previo: El artículo 2.1.1.1.1.3.3.1.1. postulación del Decreto 1077 de 2015, en donde se establecen los documentos a presentar para la postulación al subsidio de

vivienda, los siguientes documentos correspondientes a “ahorro previo” o recursos propios del hogar pueden presentarse en la solicitud del subsidio de vivienda y otorgan

mayor calificación dentro del proceso de asignación:

✓ Cesantías: fotocopia de certificación expedida por el fondo de cesantías correspondiente, con fecha de inmovilización, saldo que se encuentra inmovilizado y fecha de expedición del documento (Con vigencia NO mayor a 30 días).

✓ Ahorro programado: fotocopia de certificación expedida por la entidad financiera correspondiente, con fecha de inmovilización, número de cuenta, saldo que se encuentra inmovilizado y fecha de expedición del documento (Con vigencia NO mayor a 30 días). 

✓ Aportes a fiducia: fotocopia de certificación expedida por la fiduciaria correspondiente, con saldo que se encuentra a la fecha, fecha de expedición del documento (Con vigencia NO mayor a 30 días). firmado por la autoridad competente, con este documento se acreditan los aportes realizados por el hogar ante la fiduciaria en el proceso de compra de la vivienda.

7. Carta de Aprobación o Pre Aprobación de Crédito Hipotecario, cuando requiera financiación. 

El monto certificado debe coincidir con la información suministrada en el formulario.

8. Para acreditar los recursos complementarios originados en donaciones de Organizaciones No Gubernamentales y de entidades públicas o privadas nacionales o internacionales, o en el caso de aportes económicos solidarios en Organizaciones Populares de Vivienda, la disponibilidad deberá ser certificada por el Representante Legal y el Revisor Fiscal de la respectiva entidad; donde especifique el nombre del beneficiario y el monto del subsidio o donación, debe especificar la ubicación u origen de los recursos, fecha de expedición no mayor a 30 días (Certificado del subsidio Municipal o Departamental, si se cuenta con este).

9. Fotocopia de la escritura.

10. Original del certificado de Libertad y tradición de la propiedad, con la fecha de expedición no mayor a 30 días.

11.  Recibo de impuesto predial (Que incluya avalúo catastral, nombre del propietario y estar al día).

12. Certificación de Disponibilidad de servicios públicos (acueducto – Alcantarillado- energía).

13. Licencia de construcción.

14. Anexar presupuesto de obra de la solución de vivienda a MEJORAR firmado por el oferente constructor.

15. Fotocopia de los recibos de servicios públicos

16. Registro fotográfico de las áreas de la vivienda a mejorar que evidencien claramente las deficiencias a superar

17. Certificación que acredite que el predio no se encuentra en zona de riesgo.

OTRAS CONDICIONES CONTEMPLADAS EN EL DECRETO 1077 ARTÍCULO 2.1.1.1.1.4.1.2, QUE  GENERAN MAYOR CALIFICACIÓN PARA LA ASIGNACIÓN DEL SUBSIDIO DE VIVIENDA:

❖ Mujer u hombre cabeza de hogar: para acreditar esta condición especial deberá realizarse la debida marcación (J) en el formulario de postulación en la columna de “CONDICION ESPECIAL" esta condición se acreditará con Declaración juramentada (vigente al momento de la postulación a cada convocatoria según Cronograma de Postulación).

❖ Discapacitado: para acreditar esta condición especial deberá realizarse la debida marcación (D) en el formulario de  postulación en la columna de “CONDICION ESPECIAL", esta condición se acreditará con la certificación médica expedida por la EPS o entidad competente.

❖ Mayor de 65 años: para acreditar esta condición especial deberá realizarse la debida marcación (M65) en el formulario de postulación en la columna de “CONDICION ESPECIAL", esta condición se acreditará con el documento de identidad, aplica para quienes tengan 65 años cumplidos.

❖ Condiciones socioeconómicas, de acuerdo con los ingresos presentados por el grupo familiar.

❖ Número de integrantes del grupo familiar, por lo cual se reitera la importancia en que el grupo familiar inicialmente registrado en afiliaciones sea consistente con el postulado al subsidio.

❖ El número de veces en que participa la solicitud se aclara que, si un subsidio resulta en estado "calificado", la solicitud no se rechaza ni se niega, por el contrario, sigue participando en las asignaciones subsiguientes.

La presentación de estos documentos o acreditación de las condiciones especiales mencionadas anteriormente aseguran un mayor puntaje en la postulación del subsidio, lo

cual indica que las postulaciones que cuenten con estas características tienen mayor probabilidad de asignación frente a las demás solicitudes. 

Finalmente, y conforme el artículo 2.1.1.1.1.4.1.4 del Decreto 1077 de 2015, la asignación de los subsidios depende de la calificación que cada postulación obtenga en el proceso de

asignación y el presupuesto disponible para asignar subsidios en cada periodo de adjudicación.

De esta manera, resaltamos lo determinado en los parágrafos del artículo mencionado anteriormente:

❖ "Parágrafo 1°. Si los recursos no son suficientes para atender el monto total de subsidio solicitado por el postulante individual alcanzado por el corte de selección, tanto ese postulante como los que le siguen en el orden secuencial serán excluidos de la correspondiente asignación."

❖ "Parágrafo 2°. Las entidades otorgantes del subsidio no asumirán compromiso alguno respecto de los postulantes que no alcanzaren a quedar incorporados en los listados de beneficiarios contenidos en las resoluciones de asignación expedidas en los términos del artículo 2.1.1.1.1.4.3.1 de la presente sección".

RECOMENDACIONES IMPORTANTES PARA LA POSTULACION

❖ Las mejoras de vivienda aplican para cubrir carencias de tipo estructural que pueden incluir obras de mitigación de vulnerabilidad o mejoras locativas que requieran o no la obtención de permisos o licencias por parte de las autoridades competentes. Estas intervenciones o mejoras locativas están asociadas, prioritariamente a la habilitación o instalación de baños, lavaderos, cocinas, redes hidráulicas, sanitarias y eléctricas, cubiertas, pisos, reforzamiento estructural y otras condiciones relacionadas con el saneamiento y mejoramiento de la solución habitacional.

❖ La vivienda no debe encontrarse en zona de reserva pública o zona de riesgo.

❖ La vivienda no puede tener limitaciones al dominio como embargos, usufructos, entre otras.

❖ La documentación presentada por el hogar postulante es verificada para determinar la veracidad y cumplimiento de requisitos establecidos.

❖ La radicación del formulario y de los documentos solicitados no otorga el derecho a la asignación del subsidio.

De conformidad con lo establecido en el parágrafo 3° del artículo 2.1.1.1.1.1.4 del Decreto 1603 de 2020, los hogares deberán mantener las condiciones y requisitos para el acceso al subsidio familiar de vivienda desde la postulación hasta su asignación.”

Postularme

¡Recuerda!

Puedes realizar esta solicitud únicamente en días hábiles, de 8:00 a.m. a 6:15 p.m. ¡Gracias por tu comprensión!

Oferentes

acerca del oferente

El oferente constructor: Es una empresa constructora externa vinculada a Comfaboy como oferente del programa, autorizada por norma y encargada de presentar la postulación, ejecutar las obras y recibir los recursos del hogar y del subsidio para la ejecución de las obras

La normatividad vigente establece que los documentos de postulación a subsidio de vivienda para construcción en lote urbano se deben presentar a través de un constructor o entidad (persona natural o jurídica) previamente registrada y autorizada por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, que se responsabilice del proceso de postulación y ejecución de las obras de acuerdo con las licencias construcción, por lo cual el postulante previamente debe seleccionar el oferente constructor registrado ante la Caja de Compensación Familiar de Boyacá COMFABOY.

No obstante, ante cualquier duda o inquietud respectiva sobre el proceso de postulación al subsidio en COMFABOY estaremos dispuestos a atenderla.

Oferentes constructores registrados ante la Caja de Compensación Familiar de Boyacá COMFABOY, para construcción en sector urbano (previo cumplimiento de requisitos de ley)

Algo más

NOTAS DE INTERTES

  • La vivienda debe contar con la instalación de servicios energía eléctrica y acueducto.
  • El valor de la solución de vivienda urbana a construir incluye el valor del lote de acuerdo al avalúo catastral
  • La vivienda no debe encontrarse en zona de reserva pública o zona de riesgo.
  • La vivienda no puede tener limitaciones al dominio como embargos, usufructos, entre otras.
  • Recuerda que algunas mejoras de vivienda pueden requerir licencia de construcción.
  • La documentación presentada por el hogar postulante es verificada para determinar la veracidad y cumplimiento de
    requisitos establecidos.
  • El subsidio de vivienda No aplica para ampliación de obra, No aplica para remodelación.
  • La radicación del formulario y de los documentos solicitados no otorga el derecho a la asignación del subsidio.